El Matrimonio es un medio de santificación donde los esposos se casan para ser santos.
Es un sacramento para la santificación y la salvación de los esposos, símbolo de la unión de Cristo con la Iglesia (Efesios 5, 32); unión indisoluble e inseparable, nutrida de aquel amor absoluto y sin fin, que fluye del Corazón de Cristo.
Una Voce BAJA. 14 de agosto de 2019.

El Matrimonio cristiano es la unión permanente de un hombre con una mujer ante Dios, para toda la vida, para la procreación y educación de los hijos y para su mutua asistencia. Los contrayentes comprometen ante Dios Nuestro Señor su palabra de ser entre sí leales y fieles.
Inicia con la recepción del Sacramento y le sigue a continuación la Misa de Esponsales en la que se les imparte una bendición especial.
La plenitud y belleza de esta ceremonia expresa el deseo de la Iglesia de conceder gracias abundantes a quienes contraen Matrimonio. Gracias necesarias para sobrellevar las pesadas cargas que impone.
Recordamos los tres bienes de este Santo Sacramento:
- Fidelidad mutua,
- La prole,
- La gracia propia, que perdura toda la vida de los cónyuges.
A continuación compartimos este vídeo de la ceremonia de Matrimonio en su Forma Extraordinaria en Latín, celebrado en la Parroquia de Santa Catalina de Alejandría en Zgierz, Polonia. Ésta es la iglesia patronal de la ciudad de Zgierz. En los últimos tiempos, la parroquia se ha convertido en madre de todas las parroquias cercanas, y el templo mismo presta servicio a toda la ciudad. La indulgencia parroquial es el 25 de noviembre.
VER VÍDEO:
EPÍSTOLA:
De San Pablo a los Efesios. Ef. 5, 22-33
Hermanos: Las casadas estén sujetas a sus maridos, como al Señor, porque el hombre es cabeza de la mujer, como Cristo es cabeza de la Iglesia, que es su cuerpo, del cual Él mismo es Salvador. De donde, así como la Iglesia está sujeta a Cristo, así las mujeres lo han de estar a sus maridos en todo.
Vosotros, maridos, amad a vuestras esposas, como Cristo amó a su Iglesia, y se sacrificó por ella, a fin de hacerla comparecer ante Sí gloriosa, sin mácula, ni arruga, ni cosa semejante, sino santa e inmaculada. Así también los maridos deben amar a sus esposas como a sus propios cuerpos. Quien ama a su esposa, a sí mismo se ama. Y nadie aborreció jamás a sus propia carne, sino que la sustenta y cuida, como lo hace Cristo con su Iglesia; porque nosotros somos miembros de su cuerpo, de su carne y de sus huesos. Por eso: Dejará el hombre a su padre y a su madre, y se juntará con su mujer, y serán los dos una sola carne.
Sacramento grande es éste; mas yo hablo con respecto a Cristo y a la Iglesia. Cada uno, pues, de vosotros ame a su mujer como a sí mismo, y la mujer respete a su marido.
EVANGELIO:
Mt. 19, 3-6
En aquel tiempo: Se llegaron a Jesús los fariseos para tentarlo, y le dijeron: ¿Es lícito al hombre repudiar a su mujer por cualquier causa? Y Jesús les contestó: ¿No habéis leído que el Creador, al principio, hizo al hombre y a la mujer, y que dijo: Por esta causa dejará el hombre a su padre y a su madre, y se unirá con su mujer, y no harán los dos sino una sola carne?
Así, ya no son dos, sino una sola carne. Luego lo que Dios ha unido, el hombre no lo separe.
EXHORTACIÓN:
Ya que habéis recibido las bendiciones, según la costumbre de la Iglesia, lo que os amonesto es que guerdéis lealtad el uno al otro.
El marido ame a su mujer y la mujer ame al marido, y que permanezcáis en el temor de Dios.
Consideraciones para contraer matrimonio válido.
Canon 1108 § 1. Solamente son válidos aquellos matrimonios que se contraen ante el Ordinario del lugar o el párroco, o un sacerdote o diácono delegado por uno de ellos para que asistan, y ante dos testigos, de acuerdo con las reglas establecidas en los cánones que siguen, y quedando a salvo las excepciones de que se trata en los cc. ⇒ 144, ⇒ 1112 § 1, ⇒ 1116 y ⇒ 1127 § § 1 y 2.
- 2. Se entiende que asiste al matrimonio sólo aquel [sacerdote] que, estando presente, pide la manifestación del consentimiento de los contrayentes y la recibe en nombre de la Iglesia. Código de Derecho Canónico
En términos sencillos, esto significa que si una pareja católica intercambia votos mutuamente ante cualquier sacerdote que no haya recibido delegación de una autoridad de las indicadas en el canon, o la provisión de dicha facultad en función del canon 144, entonces se presume que ese matrimonio es inválido de conformidad con las normas del Código de Derecho Canónico.
Siempre que han sido aplicadas estas normas a los casos donde un sacerdote sin delegación del Obispo del lugar y sin jurisdicción ordinaria ha atestiguado el intercambio de votos de dos fieles católicos que se hayan presentado ante éste, los Jueces de la Rota Romana, siempre declararon tales matrimonios completamente nulos e inválidos.
Un capítulo de Una Voce México